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En el pasado, muchas pólizas de seguro médico excluían las condicionesmédicas previas diagnosticadas antes de solicitar la cobertura. La ley de reforma de la salud de grupos pequeños de California, AB1672, limita la exclusión de condiciones preexistentes a un periodo previo de seis meses (es decir, sólo pueden excluirse las condiciones médicas a los que se recomendó o proporcionó atención médica durante los seis meses previos al inicio del seguro) y a seis meses de exclusión posterior (es decir, la exclusión de la cobertura para estas condiciones médicasse limita a los primeros seis meses desde el inicio del seguro). Las exclusiones no afectan a personas que han tenido cobertura continua.
El Acta de Protección al Paciente y Cuidados Accesible traerá cambios importantes al mercado individual, incluyendo la eliminación de la capacidad de las aseguradoras de negar cobertura médica a las personas con condiciones preexistentes. Mientras tanto, los individuos que tengan una condición preexistente y no hayan estado asegurados durante 6 meses, podrán obtener cobertura de salud a través de un “Plan de Seguro para Condiciones Preexistentes”.
Para más información sobre las condiciones preexistentes, vea el apartado “Condiciones Preexistentes” en la caja de herramientas.
Otros documentos en la sección Beneficios, Proveedores y Costos son:
- Beneficios
- Ventajas de Proporcionar Cobertura
- Selección de Proveedores
- Coseguro
- Copagos
- Costos de la Cobertura de Grupo
- Costo Compartido
- Alcance de la Cobertura
- Deducibles
- Administración de la Atención Médica
- Administración y Papeleo del Plan
- Exclusiónes por Condiciones Preexistentes
- Primas
- Estrategias de Ahorro


